Procedimiento de concesión directa de subvenciones destinadas al fomento del desarrollo local mediante la prórroga de la contratación de Agentes de Empleo y Desarrollo Local.
Procedimiento de concesión directa de subvenciones destinadas al fomento del desarrollo local mediante la prórroga de la contratación de Agentes de Empleo y Desarrollo Local.
Decreto 73/2008, de 24 julio (BOC 151, Fecha 5/8/2008)
Decreto 43/2021, de 6 de mayo, por el que se modifica el Decreto 73/2008, de 24 julio (BOC 91, Fecha 13/05/2021
Corporaciones locales y entidades dependientes o vinculadas a una Administración local, todas ellas del ámbito geográfico de la Comunidad Autónoma de Cantabria, siempre y cuando cumplan los requisitos establecidos en el artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, que previamente hayan percibido subvención para la contratación o para la prórroga del agente de empleo y desarrollo local y mantengan dicha contratación subvencionada.
Artículo 7 del Decreto.
Las solicitudes de subvención irán acompañadas de la documentación requerida y deberán ser presentadas obligatoriamente de manera telemática, bien a través del Registro Electrónico General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, bien a través del resto de medios electrónicos previstos en el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, y dirigidas al Servicio Cántabro de Empleo.
Servicio de Promoción de Empleo.
Datos de contacto
Dirección Avda. General Dávila, 87 39006 - Santander
Teléfono 942 20 70 36
Fax 942 20 70 02
Correo-e promocionempleo@cantabria.es