Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las siguientes entidades:
- Los municipios y las mancomunidades de municipios de la Comunidad Autónoma de Cantabria, así como sus entidades dependientes o vinculadas.
- Las siguientes entidades sin ánimo de lucro, existentes en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria: asociaciones, fundaciones, cámaras oficiales de comercio, industria, servicios y, en su caso, navegación, entidades del Tercer Sector de Acción Social y entidades promotoras de empresas de inserción.
Las entidades interesadas, para ser beneficiarias, deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Acreditar un año de experiencia en los diez anteriores a la publicación de la presente orden, mediante ejecución directa y no subcontratada, de programas de los Planes Anuales de Políticas de Empleo (PAPE) correspondientes a los siguientes ejes:
“1. Orientación”.
“2. Formación”.
“5. Emprendimiento”.
O bien, acreditar un año de experiencia en los diez anteriores a la publicación de la presente orden, mediante la ejecución directa y no subcontratada en la atención del colectivo especialmente vulnerable sujeto de atención en el correspondiente proyecto territorial.
b) Disponer en el momento de presentación de la solicitud de una infraestructura de locales y equipamientos adecuada para prestar, de forma individualizada y grupal el servicio de orientación profesional para el empleo en los términos establecidos en la Orden ESS/381/2018, de 10 de abril, por la que se aprueba la Guía técnica de referencia para el desarrollo de los protocolos de la Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Empleo.
A estos efectos, al menos deberán contar con los siguientes recursos:
1.º Un despacho diferenciado del resto de dependencias para atención individualizada no compartido con otras actividades.
2.º Un aula para atención grupal diferenciada del resto de dependencias, y disponibilidad no compartida con otra entidad de orientación y con capacidad para albergar al menos a diez personas, con mesas de trabajo y ordenadores con conexión a Internet.
3.º Un acceso eficiente (banda ancha) a Internet para la conexión al Sistema de Información del Servicio Cántabro de Empleo.
4.º Adecuación del local a la normativa en vigor en materia de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad.
c) Disponer, en el momento del inicio de las actividades, de los recursos humanos que se determinan para cada proyecto territorial en los capítulos II y III de la Orden de convocatoria.